República Digital Cubana

Gobierno Provisional Fundacional

Decreto No. 002-DF/1940-D


Por cuanto:

La bandera es el emblema supremo de unidad, soberanía y dignidad de una nación, y representa visualmente los valores fundamentales de su pueblo.

Por cuanto:

La República Digital Cubana 1940, como nación simbólica fundada en el espíritu de la Constitución de 1940 y proyectada al espacio cívico digital, debe contar con un símbolo patrio que exprese su continuidad histórica, así como su innovación y carácter digital.

Por cuanto:

El diseño de la bandera nacional de la República Digital Cubana 1940 honra los colores y símbolos tradicionales de la bandera cubana, incorporando elementos modernos que representan la soberanía digital, la pluralidad y el renacer de los valores republicanos en el ciberespacio.


Se decreta:

Artículo 1.

Se adopta oficialmente la bandera nacional de la República Digital Cubana 1940, la cual posee las siguientes características:

Artículo 2.

Esta bandera deberá ondear simbólicamente en todas las plataformas, foros y representaciones oficiales de la República Digital Cubana 1940, tanto en formato gráfico como institucional.

Artículo 3.

Toda representación oficial del Estado Digital deberá incluir esta bandera en su imagen institucional, junto al escudo y demás símbolos aprobados por el Gobierno Fundacional.

Artículo 4.

El presente decreto será registrado en el Archivo Digital Nacional y publicado en el sitio oficial de la República, entrando en vigor a partir de la fecha de su promulgación.


Dado en la sede digital de la República, a los 20 días del mes de mayo del 2025, año de la refundación cívica y digital.

Por la soberanía virtual y la continuidad constitucional.

✍️

ROGER ROJAS.

Presidente Provisional

República Digital Cubana